Lo que tienes que saber de la nueva Norma Oficial Mexicana

Consideramos que es importante por que:

  1. Es de aplicación NACIONAL a todo «Centro de Trabajo».
  2. Implica modificaciones a las políticas internas de la empresa.
  3. Implica una obligación para el empleador (patrón).
  4. Existen obligaciones nuevas para mandos medios y gerenciales.
  5. La autoridad (STPS) hará revisiones.

¿De qué se Trata la NOM-035-STPS-2018?

En pocas palabras, la Secretaria del Trabajo y Previsión Social comienza a integrar al catálogo de Riesgos Laborales a aquellos que surgen como producto del (mal) ambiente laboral, producto de las relaciones humanas y sus naturales interacciones en una empresa u organización.

Es decir, que se equipara la salud psíquica del individuo a la salud orgánica y en esta norma se mencionan los factores organizacionales de la empresa (como la relación de poder entre un superior y un subordinado) que de no ser óptimos o idóneos pueden enfermar al trabajador; así como la obligación del empleador de establecer ambientes organizacionales sanos mediante políticas al interior que permitan crear condiciones de crecimiento emocional al individuo y los mecanismos que permitan evaluar tanto las condiciones de dicho ambiente y sus factores.

Photo by rawpixel.com from Pexels

¿Cuando entra Vigor la NOM-035-STPS-2018?

Su vigencia inicia a partir del 23 de Octubre de 2019, sin embargo los aspectos de obligación al patrón como lo son la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, la evaluación del entorno organizacional o bien la evaluación médica, entre otros, comenzarán a ser obligatorios a partir del 23 de Octubre de 2020. Lo cual quiere decir que da un año para la implementación de la norma.

¿Es solo para Personas Morales?

No. También las personas físicas tienen obligación de observar la norma cuando fungen como «empleadores» o «patrones». Abarca a todo centro de trabajo.

¿Qué son los Factores de Riesgo Psicosocial?

La norma los define como aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado. Comprenden las condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente de trabajo; las cargas de trabajo cuando exceden la capacidad del trabajador; la falta de control sobre el trabajo (posibilidad de influir en la organización y desarrollo del trabajo cuando el proceso lo permite); las jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo, rotación de turnos que incluyan turno nocturno y turno nocturno sin períodos de recuperación y descanso; interferencia en la relación trabajo-familia, y el liderazgo negativo y las relaciones negativas en el trabajo.

Photo by Nathan Cowley from Pexels

¿Qué objetivo tiene la NOM-035-STPS-2018?

Busca generar un entorno organizacional favorable, es decir un ambiente laboral en el que se promueve el sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa; la formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para los trabajadores del centro de trabajo; la participación proactiva y comunicación entre trabajadores; la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas de trabajo regulares conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación y el reconocimiento del desempeño.

Photo by rawpixel.com from Pexels

¿Es considerado el acoso sexual como un factor de riesgo psicosocial por la NOM-035-STPS-2018?

No. Desafortunadamente el acoso sexual no es dispuesto como factor de riesgo psicosocial. Desde aquí hacemos la observación como un área de oportunidad para legislar sobre el tema.


¿El número de empleados tiene importancia?

Si. La norma considera que a mayor a número de trabajadores los riesgos psicosociales crecen. No es lo mismo la relación y el entorno organizacional entre 3 personas que uno de 100 personas.

Por lo que se dispusieron criterios de cumplimiento de acuerdo al número de trabajadores por cada centro de trabajo:


Es decir que una empresa en su totalidad puede estar conformada por 80 trabajadores, sin embargo pueden no estar todos en el mismo lugar o ubicación geográfica. En un ejemplo, 10 trabajadores pueden estar una oficina en una ciudad; 55 pueden estar dentro un centro productivo al otro lado de la ciudad otros 25 en otra ciudad, todos parte de la misma empresa; en este ejemplo a cada centro de trabajo les aplicaría un criterio distinto.

¿Va entrevistar la autoridad a todos los trabajadores?

No. Una vez que comience la autoridad a realizar las visitas de inspección, entrevistará solo a una muestra:


Criterios de Cumplimiento en función al Número de Empleados por Centro de Trabajo.

De 1 a 15 Trabajadores

OBLIGACIONES DEL PATRÓN

Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:

  1. La prevención de los factores de riesgo psicosocial;
  2. La prevención de la violencia laboral, y
  3. La promoción de un entorno organizacional favorable

Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral .

Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada, o al médico del centro de trabajo o de la empresa

Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:

  1. La política de prevención de riesgos psicosociales;
  2. Las medidas adoptadas para combatir las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral;
  3. Las medidas y acciones de prevención y, en su caso, las acciones de control de los factores de riesgo psicosocial;
  4. Los mecanismos para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral;
  5. Las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial.

ACCIONES, LINEAMIENTOS, POLÍTICAS Y CAMBIOS QUE DEBERÁN HACERSE EN LA EMPRESA U ORGANIZACIÓN

Para la prevención de los factores de riesgo psicosocial y la violencia laboral, así como para la promoción del entorno organizacional favorable, los centros de trabajo deberán:

a)    Establecer acciones para la prevención de los factores de riesgo psicosocial que impulsen: el apoyo social, la difusión de la información y la capacitación;

b)    Disponer de mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral, y

c)    Realizar acciones que promuevan el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización; la capacitación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para los miembros de la organización; la participación proactiva y comunicación entre sus integrantes; la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación y el reconocimiento del desempeño.

Las acciones y programas para la prevención de los factores de riesgo psicosocial, la promoción de un entorno organizacional favorable y la prevención de la violencia laboral deberán considerar lo siguiente:

a)    En relación con el liderazgo y las relaciones en el trabajo deberán incluir:

  1. Acciones para el manejo de conflictos en el trabajo, la distribución de los tiempos de trabajo, y la determinación de prioridades en el trabajo;
  2.  Lineamientos para prohibir la discriminación y fomentar la equidad y el respeto;
  3. Mecanismos para fomentar la comunicación entre supervisores o gerentes y trabajadores, así como entre los trabajadores;
  4. Establecer y difundir instrucciones claras a los trabajadores para la atención de los problemas que impiden o limitan el desarrollo de su trabajo, cuando éstos se presenten, y
  5. Capacitación y sensibilización de los directivos, gerentes y supervisores para la prevención de los factores de riesgo psicosocial y la promoción de entornos organizacionales favorables, con énfasis en lo señalado en los subincisos 1) al 3) de este inciso, según aplique;

b)    Respecto a las cargas de trabajo deberán contener:

  1. Revisión y supervisión que la distribución de la carga de trabajo se realice de forma equitativa y considerando el número de trabajadores, actividades a desarrollar, alcance de la actividad y su capacitación;
  2. Actividades para planificar el trabajo, considerando el proceso productivo, de manera que se tengan las pausas o periodos necesarios de descanso, rotación de tareas y otras medidas necesarias para evitar ritmos de trabajo acelerados, y
  3. Instructivos o procedimientos que definan claramente las tareas y responsabilidades;

c)    En lo que se refiere al control de trabajo deberán comprender:

  1.  Actividades para involucrar a los trabajadores en la toma de decisiones sobre la organización de su trabajo; para que participen en la mejora de las condiciones de trabajo y la productividad siempre que el proceso productivo lo permita y cuenten con la experiencia y capacitación para ello;
  2. Acciones para acordar y mejorar el margen de libertad y control sobre su trabajo por parte de los trabajadores y el patrón, y para impulsar que éstos desarrollen nuevas competencias o habilidades, considerando las limitaciones del proceso productivo, y
  3. Reuniones para abordar las áreas de oportunidad de mejora, a efecto de atender los problemas en el lugar de su trabajo y determinar sus soluciones;

d)    En lo relativo al apoyo social deberán incluir actividades que permitan:

  1. Establecer relaciones entre trabajadores, supervisores, gerentes y patrones para que puedan obtener apoyo los unos de los otros;
  2. Realizar reuniones periódicas (semestrales o anuales) de seguimiento a las actividades establecidas para el apoyo social y, en su caso, extraordinarias si ocurren eventos que pongan en riesgo la salud del trabajador o al centro de trabajo;
  3. Promover la ayuda mutua y el intercambio de conocimientos y experiencias entre los trabajadores, y
  4. Contribuir al fomento de las actividades culturales y del deporte entre sus trabajadores y proporcionarles los equipos y útiles indispensables;

e)    En relación con el equilibrio en la relación trabajo-familia, contemplar:

  1. Acciones para involucrar a los trabajadores en la definición de los horarios de trabajo cuando las condiciones del trabajo lo permitan;
  2. Lineamientos para establecer medidas y límites que eviten las jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo;
  3. Apoyos a los trabajadores, de manera que puedan atender emergencias familiares, mismas que el trabajador tendrá que comprobar, y
  4. Promoción de actividades de integración familiar en el trabajo, previo acuerdo con los trabajadores;

 f)     Respecto al reconocimiento en el trabajo deberán contar con mecanismos que permitan:

  1. Reconocer el desempeño sobresaliente (superior al esperado) de los trabajadores;
  2. Difundir los logros de los trabajadores sobresalientes, y
  3. En su caso, expresar al trabajador sus posibilidades de desarrollo;

g)    En lo que se refiere a la prevención de la violencia laboral se deberá:

  1. Difundir información para sensibilizar sobre la violencia laboral, tanto a trabajadores como a directivos, gerentes y supervisores;
  2. Establecer procedimientos de actuación y seguimiento para tratar problemas relacionados con la violencia laboral, y capacitar al responsable de su implementación, y
  3. Informar sobre la forma en que se deben denunciar actos de violencia laboral;

h)    En relación con la información y comunicación que se proporciona a los trabajadores se deberá promover que:

  1. El patrón, supervisor o jefe inmediato se comuniquen de forma directa y con frecuencia con los trabajadores sobre cualquier problema que impida o retrase el desarrollo del trabajo;
  2.  Los cambios en la organización o en las condiciones de trabajo se difundan entre los trabajadores, y
  3. Los trabajadores puedan expresar sus opiniones sobre la solución de los problemas o la mejora de las condiciones de su trabajo que permitan mejorar su desempeño,

i)     Respecto a la capacitación y adiestramiento que se proporciona a los trabajadores se deberá cumplir con:

  1. Analizar la relación capacitación-tareas encomendadas;
  2. Dar oportunidad a los trabajadores para señalar sus necesidades de capacitación conforme a sus actividades, y
  3. Realizar una detección de necesidades de capacitación al menos cada dos años e integrar su resultado en el programa de capacitación.

De 16 hasta 50 Trabajadores

OBLIGACIONES DEL PATRÓN

Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:

  1. La prevención de los factores de riesgo psicosocial;
  2. La prevención de la violencia laboral, y
  3. La promoción de un entorno organizacional favorable

 Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.

Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.

 Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada, o al médico del centro de trabajo o de la empresa.

Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud y el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, así lo sugiera y/o existan quejas de violencia laboral mediante los mecanismos establecidos. Los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas podrán efectuarse a través de la institución de seguridad social o privada, médico, psiquiatra o psicólogo del centro de trabajo, según corresponda, y deberán efectuarse de conformidad con lo establecido por las normas oficiales mexicanas que al respecto emitan la Secretaría de Salud y/o la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y a falta de éstas, los que indique la institución de seguridad social o privada, o el médico del centro de trabajo, que le preste el servicio médico

Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:

a)    La política de prevención de riesgos psicosociales;

b)    Las medidas adoptadas para combatir las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral;

c)    Las medidas y acciones de prevención y, en su caso, las acciones de control de los factores de riesgo psicosocial;

d)    Los mecanismos para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral;

e)    Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial para los centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, y de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional tratándose de centros de trabajo de más de 50 trabajadores, y

f)     Las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial.

Llevar los registros sobre:

a)    Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial.

b)    Las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional lo señale, y

c)    Los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial, a actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.

ASPECTOS A OBSERVAR Y CUMPLIR EN CUANTO A COMO IDENTIFICAR Y ANALIZAR LOS FACTORES DE RIESGO ORGANIZACIONAL

Los centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, únicamente deberán realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, incluyendo a todos los trabajadores 

 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial deberá contemplar lo siguiente:

a)    Las condiciones en el ambiente de trabajo. Se refieren a condiciones peligrosas e inseguras o deficientes e insalubres; es decir, a las condiciones del lugar de trabajo, que bajo ciertas circunstancias exigen del trabajador un esfuerzo adicional de adaptación;

b)    Las cargas de trabajo. Se refieren a las exigencias que el trabajo impone al trabajador y que exceden su capacidad, pueden ser de diversa naturaleza, como cuantitativas, cognitivas o mentales, emocionales, de responsabilidad, así como cargas contradictorias o inconsistentes;

c)    La falta de control sobre el trabajo. El control sobre el trabajo es la posibilidad que tiene el trabajador para influir y tomar decisiones en la realización de sus actividades. La iniciativa y autonomía, el uso y desarrollo de habilidades y conocimientos, la participación y manejo del cambio, así como la capacitación son aspectos que dan al trabajador la posibilidad de influir sobre su trabajo. Estos elementos, cuando son inexistentes o escasos, se convierten en un factor de riesgo.       La falta de control se denomina como la escasa o inexistente posibilidad que tiene el trabajador para influir y tomar decisiones sobre los diversos aspectos que intervienen en la realización de sus actividades. Contrario a esto, la iniciativa y autonomía, el uso y desarrollo de habilidades y conocimientos, la participación y el manejo del cambio y la capacitación son elementos que dan al trabajador la posibilidad de influir sobre su trabajo.  Este factor de riesgo sólo aplica en aquellos procesos y/o actividades en los que se requiere toma de decisiones y el trabajador cuenta con conocimientos y experiencia necesaria para tal efecto;

d)    Las jornadas de trabajo y rotación de turnos que exceden lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. Representan una exigencia de tiempo laboral que se hace al trabajador en términos de la duración y el horario de la jornada, se convierte en factor de riesgo psicosocial cuando se trabaja con extensas jornadas, con frecuente rotación de turnos o turnos nocturnos, sin pausas y descansos periódicos claramente establecidos y ni medidas de prevención y protección del trabajador para detectar afectación de su salud, de manera temprana;

e)    Interferencia en la relación trabajo-familia. Surge cuando existe conflicto entre las actividades familiares o personales y las responsabilidades laborales; es decir, cuando de manera constante se tienen que atender responsabilidades laborales durante el tiempo dedicado a la vida familiar y personal, o se tiene que laborar fuera del horario de trabajo;

 f)     Liderazgo negativo y relaciones negativas en el trabajo:

  1. El liderazgo negativo en el trabajo hace referencia al tipo de relación que se establece entre el patrón o, sus representantes y los trabajadores, cuyas características influyen en la forma de trabajar y en las relaciones de un área de trabajo y que está directamente relacionado con la actitud agresiva y/o impositiva; falta de claridad de las funciones en las actividades, y escaso o nulo reconocimiento y retroalimentación del desempeño, y
  2. El concepto de relaciones negativas en el trabajo se refiere a la interacción que se establece en el contexto laboral y abarca aspectos como la imposibilidad de interactuar con los compañeros de trabajo para la solución de problemas relacionados con el trabajo, y características desfavorables de estas interacciones en aspectos funcionales como deficiente o nulo trabajo en equipo y apoyo social, y

g)    La violencia laboral, de conformidad con lo siguiente:

  1. Acoso, acoso psicológico: Aquellos actos que dañan la estabilidad psicológica, la personalidad, la dignidad o integridad del trabajador. Consiste en acciones de intimidación sistemática y persistente, tales como: descrédito, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales llevan al trabajador a la depresión, al aislamiento, a la pérdida de su autoestima. Para efectos de la NOM 35 no se considera el acoso sexual;
  2. Hostigamiento: El ejercicio de poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, y
  3. Malos tratos: Aquellos actos consistentes en insultos, burlas, humillaciones y/o ridiculizaciones del trabajador, realizados de manera continua y persistente (más de una vez y/o en diferentes ocasiones).

Los centros de trabajo podrán utilizar para identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional, cualquier método que contemple lo siguiente:

a)    La aplicación de cuestionarios que cumplan con los incisos anteriores (a – h) y / o una evaluación del entorno organizacional favorable que comprenda:

  • A)    El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa;
  • B)  La formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas;
  • C)    La definición precisa de responsabilidades para los trabajadores;
  • D)    La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y los trabajadores;
  • E)    La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares, y
  • F)     La evaluación y el reconocimiento del desempeño.

b)  La forma como se deberá realizar la aplicación de los cuestionarios;

c)    La manera de evaluar los cuestionarios, y

d)    Los niveles de riesgo y la forma de determinarlos conforme a los resultados de los cuestionarios.

NOTA: Las Guías de cuestionarios y referencias mencionadas en estos puntos se publicaran en otro post

La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá integrarse al diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo a que se refiere la NOM-030-STPS-2009, vigente o las que la sustituyan.

El  resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá constar en un informe que contenga lo siguiente:

a)    Datos del centro de trabajo verificado:

  1. Nombre, denominación o razón social;
  2. Domicilio;
  3. Actividad principal;

b)    Objetivo;

c)    Principales actividades realizadas en el centro de trabajo;

d)    Método utilizado (que cumpla lo establecido en la norma)

e)    Resultados obtenidos

de acuerdo con el numeral (que cumpla lo establecido en la norma) f)     Conclusiones;

g)    Recomendaciones y acciones de intervención, en su caso, y

h)    Datos del responsable de la evaluación;

  1. Nombre completo, y
  2. Número de cédula profesional, en su caso.

El resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá estar disponible para consulta de los trabajadores.

La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá realizarse, al menos, cada dos años

ACCIONES, LINEAMIENTOS, POLÍTICAS Y CAMBIOS QUE DEBERÁN HACERSE EN LA EMPRESA U ORGANIZACIÓN

Para la prevención de los factores de riesgo psicosocial y la violencia laboral, así como para la promoción del entorno organizacional favorable, los centros de trabajo deberán:

a)    Establecer acciones para la prevención de los factores de riesgo psicosocial que impulsen: el apoyo social, la difusión de la información y la capacitación;

b)    Disponer de mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral, y

c)    Realizar acciones que promuevan el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización; la capacitación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para los miembros de la organización; la participación proactiva y comunicación entre sus integrantes; la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación y el reconocimiento del desempeño.

Las acciones y programas para la prevención de los factores de riesgo psicosocial, la promoción de un entorno organizacional favorable y la prevención de la violencia laboral deberán considerar lo siguiente:

a)    En relación con el liderazgo y las relaciones en el trabajo deberán incluir:

  1. Acciones para el manejo de conflictos en el trabajo, la distribución de los tiempos de trabajo, y la determinación de prioridades en el trabajo;
  2.  Lineamientos para prohibir la discriminación y fomentar la equidad y el respeto;
  3. Mecanismos para fomentar la comunicación entre supervisores o gerentes y trabajadores, así como entre los trabajadores;
  4. Establecer y difundir instrucciones claras a los trabajadores para la atención de los problemas que impiden o limitan el desarrollo de su trabajo, cuando éstos se presenten, y
  5. Capacitación y sensibilización de los directivos, gerentes y supervisores para la prevención de los factores de riesgo psicosocial y la promoción de entornos organizacionales favorables, con énfasis en lo señalado en los subincisos 1) al 3) de este inciso, según aplique;

b)    Respecto a las cargas de trabajo deberán contener:

  1. Revisión y supervisión que la distribución de la carga de trabajo se realice de forma equitativa y considerando el número de trabajadores, actividades a desarrollar, alcance de la actividad y su capacitación;
  2. Actividades para planificar el trabajo, considerando el proceso productivo, de manera que se tengan las pausas o periodos necesarios de descanso, rotación de tareas y otras medidas necesarias para evitar ritmos de trabajo acelerados, y
  3. Instructivos o procedimientos que definan claramente las tareas y responsabilidades;

c)    En lo que se refiere al control de trabajo deberán comprender:

  1.  Actividades para involucrar a los trabajadores en la toma de decisiones sobre la organización de su trabajo; para que participen en la mejora de las condiciones de trabajo y la productividad siempre que el proceso productivo lo permita y cuenten con la experiencia y capacitación para ello;
  2. Acciones para acordar y mejorar el margen de libertad y control sobre su trabajo por parte de los trabajadores y el patrón, y para impulsar que éstos desarrollen nuevas competencias o habilidades, considerando las limitaciones del proceso productivo, y
  3. Reuniones para abordar las áreas de oportunidad de mejora, a efecto de atender los problemas en el lugar de su trabajo y determinar sus soluciones;

d)    En lo relativo al apoyo social deberán incluir actividades que permitan:

  1. Establecer relaciones entre trabajadores, supervisores, gerentes y patrones para que puedan obtener apoyo los unos de los otros;
  2. Realizar reuniones periódicas (semestrales o anuales) de seguimiento a las actividades establecidas para el apoyo social y, en su caso, extraordinarias si ocurren eventos que pongan en riesgo la salud del trabajador o al centro de trabajo;
  3. Promover la ayuda mutua y el intercambio de conocimientos y experiencias entre los trabajadores, y
  4. Contribuir al fomento de las actividades culturales y del deporte entre sus trabajadores y proporcionarles los equipos y útiles indispensables;

e)    En relación con el equilibrio en la relación trabajo-familia, contemplar:

  1. Acciones para involucrar a los trabajadores en la definición de los horarios de trabajo cuando las condiciones del trabajo lo permitan;
  2. Lineamientos para establecer medidas y límites que eviten las jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo;
  3. Apoyos a los trabajadores, de manera que puedan atender emergencias familiares, mismas que el trabajador tendrá que comprobar, y
  4. Promoción de actividades de integración familiar en el trabajo, previo acuerdo con los trabajadores;

 f)     Respecto al reconocimiento en el trabajo deberán contar con mecanismos que permitan:

  1. Reconocer el desempeño sobresaliente (superior al esperado) de los trabajadores;
  2. Difundir los logros de los trabajadores sobresalientes, y
  3. En su caso, expresar al trabajador sus posibilidades de desarrollo;

g)    En lo que se refiere a la prevención de la violencia laboral se deberá:

  1. Difundir información para sensibilizar sobre la violencia laboral, tanto a trabajadores como a directivos, gerentes y supervisores;
  2. Establecer procedimientos de actuación y seguimiento para tratar problemas relacionados con la violencia laboral, y capacitar al responsable de su implementación, y
  3. Informar sobre la forma en que se deben denunciar actos de violencia laboral;

h)    En relación con la información y comunicación que se proporciona a los trabajadores se deberá promover que:

  1. El patrón, supervisor o jefe inmediato se comuniquen de forma directa y con frecuencia con los trabajadores sobre cualquier problema que impida o retrase el desarrollo del trabajo;
  2.  Los cambios en la organización o en las condiciones de trabajo se difundan entre los trabajadores, y
  3. Los trabajadores puedan expresar sus opiniones sobre la solución de los problemas o la mejora de las condiciones de su trabajo que permitan mejorar su desempeño,

i)     Respecto a la capacitación y adiestramiento que se proporciona a los trabajadores se deberá cumplir con:

  1. Analizar la relación capacitación-tareas encomendadas;
  2. Dar oportunidad a los trabajadores para señalar sus necesidades de capacitación conforme a sus actividades, y
  3. Realizar una detección de necesidades de capacitación al menos cada dos años e integrar su resultado en el programa de capacitación.

 Los centros de trabajo cuyo resultado de las evaluaciones que se refiere la norma, conforme a los criterios establecidos en el método aplicado, determinen la necesidad de desarrollar acciones de control, éstas se deberán implementar a través de un Programa que cumpla con lo previsto a continuación:

El Programa para la atención de los factores de riesgo psicosocial, y en su caso, para propiciar un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral deberá contener:

a)    Las áreas de trabajo y/o los trabajadores sujetos al programa;

b)    El tipo de acciones y las medidas de control que deberán adoptarse;

c)    Las fechas programadas para su realización;

d)    El control de los avances de la implementación del programa;

e)    La evaluación posterior a la aplicación de las medidas de control, en su caso, y

f)     El responsable de su ejecución.

El tipo de acciones deberán realizarse, según aplique, en los niveles siguientes:

a)    Primer nivel: Las acciones se centran en el plano organizacional e implican actuar sobre la política de prevención de riesgos psicosociales del centro de trabajo, la organización del trabajo, las acciones o medios para: disminuir los efectos de los factores de riesgo psicosocial, prevenir la violencia laboral y propiciar el entorno organizacional favorable.

b)    Segundo nivel: Las acciones se orientan al plano grupal e implica actuar en la interrelación de los trabajadores o grupos de ellos y la organización del trabajo; su actuación se centra en el tiempo de trabajo, el comportamiento y las interacciones personales, se basan en proporcionar información al trabajador, así como en la sensibilización, (contempla temas como: manejo de conflictos, trabajo en equipo, orientación a resultados, liderazgo, comunicación asertiva, administración del tiempo de trabajo, entre otros), y reforzar el apoyo social, y/o 

c)    Tercer nivel: Las acciones se enfocan al plano individual; es decir, se desarrolla cuando se comprueba que existen signos y/o síntomas que denotan alteraciones en la salud, se incluyen intervenciones de tipo clínico o terapéutico.  Las intervenciones de tercer nivel que sean de tipo clínico o terapéutico deberán ser realizadas invariablemente por un médico, psicólogo o psiquiatra según corresponda.


De 51 Trabajadores en Adelante

OBLIGACIONES DEL PATRÓN

Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:

  1. La prevención de los factores de riesgo psicosocial;
  2. La prevención de la violencia laboral, y
  3. La promoción de un entorno organizacional favorable

 Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.

Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional, de conformidad con lo señalado en la norma,

Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.

Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada, o al médico del centro de trabajo o de la empresa

Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud y el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial asi lo sugieran y/o existan quejas de violencia laboral mediante los mecanismos que establece la norma 035. Los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas podrán efectuarse a través de la institución de seguridad social o privada, médico, psiquiatra o psicólogo del centro de trabajo, según corresponda, y deberán efectuarse de conformidad con lo establecido por las normas oficiales mexicanas que al respecto emitan la Secretaría de Salud y/o la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y a falta de éstas, los que indique la institución de seguridad social o privada, o el médico del centro de trabajo, que le preste el servicio médico.

Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:

a)    La política de prevención de riesgos psicosociales;

b)    Las medidas adoptadas para combatir las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral;

c)    Las medidas y acciones de prevención y, en su caso, las acciones de control de los factores de riesgo psicosocial;

d)    Los mecanismos para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral;

e)    Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional y

f)     Las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial.

Llevar los registros sobre:

a)    Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y de las evaluaciones del entorno organizacional;

b)    Las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional lo señale, y

c)    Los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial, a actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.

ASPECTOS A OBSERVAR Y CUMPLIR EN CUANTO A COMO IDENTIFICAR Y ANALIZAR LOS FACTORES DE RIESGO ORGANIZACIONAL

Los centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores, deberán realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional, éstas se podrán realizar con una muestra representativa:

 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial deberá contemplar lo siguiente:

a)    Las condiciones en el ambiente de trabajo. Se refieren a condiciones peligrosas e inseguras o deficientes e insalubres; es decir, a las condiciones del lugar de trabajo, que bajo ciertas circunstancias exigen del trabajador un esfuerzo adicional de adaptación;

b)    Las cargas de trabajo. Se refieren a las exigencias que el trabajo impone al trabajador y que exceden su capacidad, pueden ser de diversa naturaleza, como cuantitativas, cognitivas o mentales, emocionales, de responsabilidad, así como cargas contradictorias o inconsistentes;

c)    La falta de control sobre el trabajo. El control sobre el trabajo es la posibilidad que tiene el trabajador para influir y tomar decisiones en la realización de sus actividades. La iniciativa y autonomía, el uso y desarrollo de habilidades y conocimientos, la participación y manejo del cambio, así como la capacitación son aspectos que dan al trabajador la posibilidad de influir sobre su trabajo. Estos elementos, cuando son inexistentes o escasos, se convierten en un factor de riesgo.       La falta de control se denomina como la escasa o inexistente posibilidad que tiene el trabajador para influir y tomar decisiones sobre los diversos aspectos que intervienen en la realización de sus actividades. Contrario a esto, la iniciativa y autonomía, el uso y desarrollo de habilidades y conocimientos, la participación y el manejo del cambio y la capacitación son elementos que dan al trabajador la posibilidad de influir sobre su trabajo.  Este factor de riesgo sólo aplica en aquellos procesos y/o actividades en los que se requiere toma de decisiones y el trabajador cuenta con conocimientos y experiencia necesaria para tal efecto;

d)    Las jornadas de trabajo y rotación de turnos que exceden lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. Representan una exigencia de tiempo laboral que se hace al trabajador en términos de la duración y el horario de la jornada, se convierte en factor de riesgo psicosocial cuando se trabaja con extensas jornadas, con frecuente rotación de turnos o turnos nocturnos, sin pausas y descansos periódicos claramente establecidos y ni medidas de prevención y protección del trabajador para detectar afectación de su salud, de manera temprana;

e)    Interferencia en la relación trabajo-familia. Surge cuando existe conflicto entre las actividades familiares o personales y las responsabilidades laborales; es decir, cuando de manera constante se tienen que atender responsabilidades laborales durante el tiempo dedicado a la vida familiar y personal, o se tiene que laborar fuera del horario de trabajo;

 f)     Liderazgo negativo y relaciones negativas en el trabajo:

  1. El liderazgo negativo en el trabajo hace referencia al tipo de relación que se establece entre el patrón o, sus representantes y los trabajadores, cuyas características influyen en la forma de trabajar y en las relaciones de un área de trabajo y que está directamente relacionado con la actitud agresiva y/o impositiva; falta de claridad de las funciones en las actividades, y escaso o nulo reconocimiento y retroalimentación del desempeño, y
  2. El concepto de relaciones negativas en el trabajo se refiere a la interacción que se establece en el contexto laboral y abarca aspectos como la imposibilidad de interactuar con los compañeros de trabajo para la solución de problemas relacionados con el trabajo, y características desfavorables de estas interacciones en aspectos funcionales como deficiente o nulo trabajo en equipo y apoyo social, y

g)    La violencia laboral, de conformidad con lo siguiente:

  1. Acoso, acoso psicológico: Aquellos actos que dañan la estabilidad psicológica, la personalidad, la dignidad o integridad del trabajador. Consiste en acciones de intimidación sistemática y persistente, tales como: descrédito, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales llevan al trabajador a la depresión, al aislamiento, a la pérdida de su autoestima. Para efectos de la NOM 35 no se considera el acoso sexual;
  2. Hostigamiento: El ejercicio de poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, y
  3. Malos tratos: Aquellos actos consistentes en insultos, burlas, humillaciones y/o ridiculizaciones del trabajador, realizados de manera continua y persistente (más de una vez y/o en diferentes ocasiones).

Los centros de trabajo podrán utilizar para identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional, cualquier método que contemple lo siguiente:

a)    La aplicación de cuestionarios que cumplan con los incisos anteriores (a – h) y / o una evaluación del entorno organizacional favorable que comprenda:

  • A)    El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa;
  • B)  La formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas;
  • C)    La definición precisa de responsabilidades para los trabajadores;
  • D)    La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y los trabajadores;
  • E)    La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares, y
  • F)     La evaluación y el reconocimiento del desempeño.

b)  La forma como se deberá realizar la aplicación de los cuestionarios;

c)    La manera de evaluar los cuestionarios, y

d)    Los niveles de riesgo y la forma de determinarlos conforme a los resultados de los cuestionarios.

NOTA: Las Guías de cuestionarios y referencias mencionadas en estos puntos se publicaran en otro post

La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá integrarse al diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo a que se refiere la NOM-030-STPS-2009, vigente o las que la sustituyan.

El  resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá constar en un informe que contenga lo siguiente:

a)    Datos del centro de trabajo verificado:

  1. Nombre, denominación o razón social;
  2. Domicilio;
  3. Actividad principal;

b)    Objetivo;

c)    Principales actividades realizadas en el centro de trabajo;

d)    Método utilizado (que cumpla lo establecido en la norma)

e)    Resultados obtenidos

de acuerdo con el numeral (que cumpla lo establecido en la norma) f)     Conclusiones;

g)    Recomendaciones y acciones de intervención, en su caso, y

h)    Datos del responsable de la evaluación;

  1. Nombre completo, y
  2. Número de cédula profesional, en su caso.

El resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá estar disponible para consulta de los trabajadores.

La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá realizarse, al menos, cada dos años

ACCIONES, LINEAMIENTOS, POLÍTICAS Y CAMBIOS QUE DEBERÁN HACERSE EN LA EMPRESA U ORGANIZACIÓN

Para la prevención de los factores de riesgo psicosocial y la violencia laboral, así como para la promoción del entorno organizacional favorable, los centros de trabajo deberán:

a)    Establecer acciones para la prevención de los factores de riesgo psicosocial que impulsen: el apoyo social, la difusión de la información y la capacitación;

b)    Disponer de mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral, y

c)    Realizar acciones que promuevan el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización; la capacitación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para los miembros de la organización; la participación proactiva y comunicación entre sus integrantes; la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación y el reconocimiento del desempeño.

Las acciones y programas para la prevención de los factores de riesgo psicosocial, la promoción de un entorno organizacional favorable y la prevención de la violencia laboral deberán considerar lo siguiente:

a)    En relación con el liderazgo y las relaciones en el trabajo deberán incluir:

  1. Acciones para el manejo de conflictos en el trabajo, la distribución de los tiempos de trabajo, y la determinación de prioridades en el trabajo;
  2.  Lineamientos para prohibir la discriminación y fomentar la equidad y el respeto;
  3. Mecanismos para fomentar la comunicación entre supervisores o gerentes y trabajadores, así como entre los trabajadores;
  4. Establecer y difundir instrucciones claras a los trabajadores para la atención de los problemas que impiden o limitan el desarrollo de su trabajo, cuando éstos se presenten, y
  5. Capacitación y sensibilización de los directivos, gerentes y supervisores para la prevención de los factores de riesgo psicosocial y la promoción de entornos organizacionales favorables, con énfasis en lo señalado en los subincisos 1) al 3) de este inciso, según aplique;

b)    Respecto a las cargas de trabajo deberán contener:

  1. Revisión y supervisión que la distribución de la carga de trabajo se realice de forma equitativa y considerando el número de trabajadores, actividades a desarrollar, alcance de la actividad y su capacitación;
  2. Actividades para planificar el trabajo, considerando el proceso productivo, de manera que se tengan las pausas o periodos necesarios de descanso, rotación de tareas y otras medidas necesarias para evitar ritmos de trabajo acelerados, y
  3. Instructivos o procedimientos que definan claramente las tareas y responsabilidades;

c)    En lo que se refiere al control de trabajo deberán comprender:

  1.  Actividades para involucrar a los trabajadores en la toma de decisiones sobre la organización de su trabajo; para que participen en la mejora de las condiciones de trabajo y la productividad siempre que el proceso productivo lo permita y cuenten con la experiencia y capacitación para ello;
  2. Acciones para acordar y mejorar el margen de libertad y control sobre su trabajo por parte de los trabajadores y el patrón, y para impulsar que éstos desarrollen nuevas competencias o habilidades, considerando las limitaciones del proceso productivo, y
  3. Reuniones para abordar las áreas de oportunidad de mejora, a efecto de atender los problemas en el lugar de su trabajo y determinar sus soluciones;

d)    En lo relativo al apoyo social deberán incluir actividades que permitan:

  1. Establecer relaciones entre trabajadores, supervisores, gerentes y patrones para que puedan obtener apoyo los unos de los otros;
  2. Realizar reuniones periódicas (semestrales o anuales) de seguimiento a las actividades establecidas para el apoyo social y, en su caso, extraordinarias si ocurren eventos que pongan en riesgo la salud del trabajador o al centro de trabajo;
  3. Promover la ayuda mutua y el intercambio de conocimientos y experiencias entre los trabajadores, y
  4. Contribuir al fomento de las actividades culturales y del deporte entre sus trabajadores y proporcionarles los equipos y útiles indispensables;

e)    En relación con el equilibrio en la relación trabajo-familia, contemplar:

  1. Acciones para involucrar a los trabajadores en la definición de los horarios de trabajo cuando las condiciones del trabajo lo permitan;
  2. Lineamientos para establecer medidas y límites que eviten las jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo;
  3. Apoyos a los trabajadores, de manera que puedan atender emergencias familiares, mismas que el trabajador tendrá que comprobar, y
  4. Promoción de actividades de integración familiar en el trabajo, previo acuerdo con los trabajadores;

 f)     Respecto al reconocimiento en el trabajo deberán contar con mecanismos que permitan:

  1. Reconocer el desempeño sobresaliente (superior al esperado) de los trabajadores;
  2. Difundir los logros de los trabajadores sobresalientes, y
  3. En su caso, expresar al trabajador sus posibilidades de desarrollo;

g)    En lo que se refiere a la prevención de la violencia laboral se deberá:

  1. Difundir información para sensibilizar sobre la violencia laboral, tanto a trabajadores como a directivos, gerentes y supervisores;
  2. Establecer procedimientos de actuación y seguimiento para tratar problemas relacionados con la violencia laboral, y capacitar al responsable de su implementación, y
  3. Informar sobre la forma en que se deben denunciar actos de violencia laboral;

h)    En relación con la información y comunicación que se proporciona a los trabajadores se deberá promover que:

  1. El patrón, supervisor o jefe inmediato se comuniquen de forma directa y con frecuencia con los trabajadores sobre cualquier problema que impida o retrase el desarrollo del trabajo;
  2.  Los cambios en la organización o en las condiciones de trabajo se difundan entre los trabajadores, y
  3. Los trabajadores puedan expresar sus opiniones sobre la solución de los problemas o la mejora de las condiciones de su trabajo que permitan mejorar su desempeño,

i)     Respecto a la capacitación y adiestramiento que se proporciona a los trabajadores se deberá cumplir con:

  1. Analizar la relación capacitación-tareas encomendadas;
  2. Dar oportunidad a los trabajadores para señalar sus necesidades de capacitación conforme a sus actividades, y
  3. Realizar una detección de necesidades de capacitación al menos cada dos años e integrar su resultado en el programa de capacitación.

 Los centros de trabajo cuyo resultado de las evaluaciones que se refiere la norma, conforme a los criterios establecidos en el método aplicado, determinen la necesidad de desarrollar acciones de control, éstas se deberán implementar a través de un Programa que cumpla con lo previsto a continuación:

El Programa para la atención de los factores de riesgo psicosocial, y en su caso, para propiciar un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral deberá contener:

a)    Las áreas de trabajo y/o los trabajadores sujetos al programa;

b)    El tipo de acciones y las medidas de control que deberán adoptarse;

c)    Las fechas programadas para su realización;

d)    El control de los avances de la implementación del programa;

e)    La evaluación posterior a la aplicación de las medidas de control, en su caso, y

f)     El responsable de su ejecución.

El tipo de acciones deberán realizarse, según aplique, en los niveles siguientes:

a)    Primer nivel: Las acciones se centran en el plano organizacional e implican actuar sobre la política de prevención de riesgos psicosociales del centro de trabajo, la organización del trabajo, las acciones o medios para: disminuir los efectos de los factores de riesgo psicosocial, prevenir la violencia laboral y propiciar el entorno organizacional favorable.

b)    Segundo nivel: Las acciones se orientan al plano grupal e implica actuar en la interrelación de los trabajadores o grupos de ellos y la organización del trabajo; su actuación se centra en el tiempo de trabajo, el comportamiento y las interacciones personales, se basan en proporcionar información al trabajador, así como en la sensibilización, (contempla temas como: manejo de conflictos, trabajo en equipo, orientación a resultados, liderazgo, comunicación asertiva, administración del tiempo de trabajo, entre otros), y reforzar el apoyo social, y/o 

c)    Tercer nivel: Las acciones se enfocan al plano individual; es decir, se desarrolla cuando se comprueba que existen signos y/o síntomas que denotan alteraciones en la salud, se incluyen intervenciones de tipo clínico o terapéutico.  Las intervenciones de tercer nivel que sean de tipo clínico o terapéutico deberán ser realizadas invariablemente por un médico, psicólogo o psiquiatra según corresponda.

Un comentario sobre “NOM-035-STPS-2018 Factores de Riesgo Psicosocial en el Trabajo.

Deja un comentario